GES / AUGE

El Auge es un plan de salud universal para todos los afiliados de Fonasa y las isapres y garantiza: acceso; oportunidad de atención; protección financiera y calidad.

El AUGE-GES es un mecanismo fijado por Ley para priorizar garantías en la prevención, tratamiento y rehabilitación de enfermedades específicas que representan el mayor impacto de salud en la ciudadanía.

Garantías Explícitas en Salud constituyen un conjunto de beneficios garantizados por ley para las personas afiliadas a Fonasa y a las Isapres

  • Garantía de Acceso: Recibir las atenciones definidas para cada enfermedad.
  • Garantía de Oportunidad: Las prestaciones garantizadas en el AUGE/GES deben ser entregadas de acuerdo a los plazos establecidos.
  • Garantía de Protección Financiera: Cancelar sólo el copago: 0% Afiliados del Fonasa A y B; 10% grupo C y 20% grupo D y afiliados a Isapres.
  • Garantía de Calidad: Las prestaciones garantizadas en el AUGE/GES deben ser entregadas por un prestador de salud registrado y acreditado en la Superintendencia de Salud.

¿Quiénes pueden acceder?

  • La ley otorga el derecho de acceso al AUGE-GES a toda persona beneficiaria del Fonasa o de una Isapre que:
  • Presente una enfermedad que esté incluida entre los 85 problemas de salud o patologías AUGE-GES.
  • Cumpla las condiciones especiales de edad, estado de salud u otras definidas para cada uno de los problemas de salud.
  • Se atiende en la red de prestadores determinada por el Fonasa o la Isapre, cuyas prestaciones estén debidamente prescritas por un profesional de la salud de dicha red y que estén garantizadas dentro de un determinado problema de salud.

Importante

  • Consulte a su médico si su enfermedad es una de las 85 patologías AUGE-GES.
  • Notificación AUGE-GES: El Formulario de Constancia de Información al Paciente GES es el mecanismo oficial definido por la Superintendencia de Salud para que los hospitales, clínicas, centros médicos y demás prestadores de salud informen a los afiliados a isapres o a Fonasa, la confirmación diagnóstica de una patología incluida en las Garantías Explícitas en Salud (GES).

Más información: http://www.supersalud.gob.cl/difusion/665/w3-propertyvalue-1962.html

Ortesis

Silla de Ruedas

La silla de ruedas se indica adultos mayores que presentan dificultad en la movilidad secundario a:

  • Secuelas de AVE
  • Amputados de ambas extremidades inferiores
  • Parapléjicos
  • Enfermedad de Parkinson en etapas avanzadas
  • Insuficiencia cardíaca o respiratoria con disnea de esfuerzo
  • Demencias en estado avanzado

Andador Fijo

Las Órtesis o Ayudas Técnicas se definen como elementos que corrigen o facilitan la ejecución de una acción, actividad o desplazamiento, procurando ahorro de energía y mayor seguridad. Las ayudas técnicas se indican cuando el paciente presente las siguientes condiciones: dolor, claudicación, alteración de la funcionalidad de la marcha, inestabilidad articular, riesgo de caídas, inmovilidad.

El andador fijo se puede entregar a toda persona de 65 años y más que sufre algún problema de salud que le produzca limitaciones y que requiera de estas Órtesis, los recibirá dentro de 30 días desde la indicación médica.

Se indica en adultos mayores que presentan:

  • Inestabilidad postural que impide realizar marcha.
  • Amputado
  • Síndrome post caída
  • Enfermedad de Parkinson
  • Demencia en etapa inicial con antecedentes de caída.

Andador de Paseo

Las Órtesis o Ayudas Técnicas se definen como elementos que corrigen o facilitan la ejecución de una acción, actividad o desplazamiento, procurando ahorro de energía y mayor seguridad. Las ayudas técnicas se indican cuando el paciente presente las siguientes condiciones: dolor, claudicación, alteración de la funcionalidad de la marcha, inestabilidad articular, riesgo de caídas, inmovilidad.

El andador de paseo se puede entregar a toda persona de 65 años y más que sufre algún problema de salud que le produzca limitaciones y que requiera de estas Órtesis, los recibirá dentro de 30 días desde la indicación médica.

Se indica en adultos mayores que presentan:

  • Inestabilidad postural que impide realizar marcha.
  • Amputado
  • Síndrome post caída
  • Enfermedad de Parkinson
  • Demencia en etapa inicial con antecedentes de caída.

Bastón Fijo

Las Órtesis o Ayudas Técnicas se definen como elementos que corrigen o facilitan la ejecución de una acción, actividad o desplazamiento, procurando ahorro de energía y mayor seguridad. Las ayudas técnicas se indican cuando el paciente presente las siguientes condiciones: dolor, claudicación, alteración de la funcionalidad de la marcha, inestabilidad articular, riesgo de caídas, inmovilidad.

El bastón fijo y articulado se puede entregar a toda persona de 65 años y más que sufre algún problema de salud, que le produzca limitaciones y que requiera de estos instrumentos, los recibirá dentro de los 20 días siguientes desde la indicación médica de acuerdo normativa GES decreto 4 del 2013.

Se indica en presencia de:

  • Dolor de articulaciones de extremidades inferiores secundaria a:
  • Osteoartritis, artritis, traumatismos.
  • Post- cirugía por endoprótesis de cadera, rodilla.
  • Riesgo de caída o caídas a repetición.
  • Secuela de AVE
  • Amputados

Cojín Antiescaras

Las Órtesis o Ayudas Técnicas se definen como elementos que corrigen o facilitan la ejecución de una acción, actividad o desplazamiento, procurando ahorro de energía y mayor seguridad. Las ayudas técnicas se indican cuando el paciente presente las siguientes condiciones: dolor, claudicación, alteración de la funcionalidad de la marcha, inestabilidad articular, riesgo de caídas, inmovilidad.

  • Se entrega de Cojín y Colchón Antiescaras
  • Toda persona de 65 años y más que sufre algún problema de salud, que le produzca limitaciones y que requiera de estos instrumentos, los recibirá dentro de los 20 días siguientes desde la indicación médica de acuerdo normativa GES decreto 4 del 2013.

Indicado en adultos mayores afectados por el síndrome de inmovilidad en sus diversos niveles.

Colchón Antiescaras

Las Órtesis o Ayudas Técnicas se definen como elementos que corrigen o facilitan la ejecución de una acción, actividad o desplazamiento, procurando ahorro de energía y mayor seguridad. Las ayudas técnicas se indican cuando el paciente presente las siguientes condiciones: dolor, claudicación, alteración de la funcionalidad de la marcha, inestabilidad articular, riesgo de caídas, inmovilidad.

Entrega de Bastón, Cojín y Colchón Antiescaras
Toda persona de 65 años y más que sufre algún problema de salud, que le produzca limitaciones y que requiera de estos instrumentos, los recibirá dentro de los 20 días siguientes desde la indicación médica de acuerdo normativa GES decreto 4 del 2013.

Se indica adultos mayores con alto grado de inmovilidad secundario a:

  • Alteraciones del estado de conciencia
  • Alteración de sensibilidad
  • Cáncer Terminal
  • Demencias en estadios avanzados
  • Artropatías degenerativas severas
  • Lesiones medulares